- Abusar o permitir el abuso de las unidades inmobiliarias y/o de las áreas comunes en forma contraria a la Ley, la moral y las buenas costumbres.
- Hacer uso o permitir el uso de sus unidades inmobiliarias y/o de las áreas comunes en forma tal que perturbe o pueda perturbar la tranquilidad y el sosiego de los demás propietarios y/o desmerezca el buen nombre del edificio.
- El uso inmoderado y ruidoso de aparatos de radio, audio, televisión, y demás equipos electrónicos. Igualmente no se podrán realizar fiestas con orquestas o conjuntos musicales.
- Introducir, mantener o almacenar en la unidad inmobiliaria o cualquier otra parte del edificio, sustancias húmedas corrosivas, inflamables, infectas o ilegales que representen peligro para la integridad de la construcción del edifico o para la salud de sus ocupantes y que produzcan malos olores o cualquier clase de molestias para los demás propietarios.
- Rayar o manchar los bienes comunes del edificio ya sean paredes, ventanas o puertas de entrada a las unidades inmobiliarias.
- Arrojar o permitir que se arrojen en las cañerías de desagüe, telas, materiales duros o insolubles, tierra, arena y en general, todo lo que pueda obstruir las mismas.
- Requerir de los empleados del edificio que presten servicios personales,
- Dejar bolsas de basura en los pasillos. Estas debe ser depositada en el cuarto de basura ubicado en el área de estacionamientos del Edificio.
- Ocupar las zonas destinadas para estacionamiento con buses, o darles cualquier uso distinto a su destino,
- Traer animales al Edificio.
- Estacionar su auto en parqueaderos que no corresponden a la unidad que está ocupando.
- Traer invitados a la unidad o al edificio.